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314621/08/2007

¿Puede vender un objeto a alguien que lo paga con un cheque emitido por un banco usurero?

Pregunta: 104242

Yo trabajo como representante de ventas en una compañía que vende aparatos eléctricos. Cuando le vendo a un cliente, él me da un cheque de un banco, y cada cliente firma un cheque de un banco diferente, ya sea de un banco que comercia con la usura o no. Mi pregunta es si tratar con estos cheques se considera como participar o colaborar en la perpetuación de la usura de estos bancos, o en apropiarse ilegítimamente de la riqueza de la gente, o en apoyar y promocionar estos bancos.

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Es permisible aceptar el pago de un comprador en forma de un
cheque, aún si se trata de un cheque emitido por un banco usurero, y es
permisible recurrir a los bancos usureros en caso de necesidad extrema,
cuando no existe la posibilidad de recurrir a un banco islámico, siempre y
cuando el dinero se ponga en una cuenta que no de intereses. Por favor,
consulta la respuesta a la pregunta No. 22392.

Involucrarse entonces en transacciones con la gente que
implican a bancos usureros o poner en ellos nuestro dinero puede ser
permisible. Esto está indicado por los reportes que prueban que el Profeta
Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) y sus
compañeros mantuvieron tratos comerciales con los incrédulos y con algunos
judíos de Medina que comerciaban con la usura, como Dios, glorificado y
exaltado sea, dijo en el Sagrado Corán. 

Es permisible que le vendas un artículo a alguien que está
involucrado en la usura, aún si paga con un cheque de un banco usurero o con
el dinero de un préstamo que sacó en ese banco. 

Entregar el cheque al departamento del banco del cliente para
que transfieran el dinero a tu compañía o tu banco no se considera como
registrar una transacción usurera; más bien, es obtener el precio que fue
ganado en una forma islámicamente permisible. No hay diferencia si el
cliente paga en efectivo o con un cheque. 

El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga
misericordia de él) dijo: “Es permisible involucrarse en transacciones
comerciales lícitas con personas que comercian también con la usura, si el
producto es comprado por él a cambio de un precio, y es permisible pedirle
un préstamo sin intereses. El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones
de Allah sean con él) solía mantener tratos comerciales con idólatras y
algunos judíos de Medina aún cuando ellos se involucraban también en tratos
usureros, y él aceptó de ellos algunos regalos e invitaciones también. Les
vendió artículos y les compró, y aceptó regalos e invitaciones de ellos,
como luego de la conquista de Jaibar, en que fue invitado a comer una oveja
asada. Él compró también comida para su familia a un hombre judío y le dio
su escudo como garantía, y falleció cuando aún tenía el escudo en su poder. 

En resumen, si una persona gana dinero de una forma
prohibida, pero tú mantienes con ella un trato comercial lícito, esto es
permisible y aceptable. 

Fin de la cita de Fatáwa Nur ‘ala ad-Dárb. 

Y Allah sabe más.

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