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289709/10/2001

Normas sobre realizar la peregrinación antes de pagar las deudas

Pregunta: 11771

Debido a una pérdida en el negocio, mi marido debe una gran cantidad de dinero a los bancos y a los parientes, y le tomará muchos años devolverlo. ¿Puede él hacer la peregrinación mayor o menor en este momento?

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Una de las condiciones
para que la peregrinación mayor sea obligatoria para el musulmán es que sea
capaz de realizarla, lo cual incluye la capacidad financiera. Quien tiene
una deuda y sus acreedores se la están reclamando, no puede gastar ese
dinero en hacer la peregrinación a menos que sea con el permiso de ellos, y
no se considera que tenga los medios para cumplir con el pilar de la
peregrinación. Pero si ellos no están reclamándole que pague y le dan
permiso para que vaya a la peregrinación, o lo saben y no se oponen,
entonces puede hacer la peregrinación y será válida. Es también permisible
hacer la peregrinación si no tiene un límite de tiempo para devolver el
dinero. La peregrinación en este caso puede ser una buena obra, que conduzca
a que Dios le ayude a pagar lo que debe.

Y Dios sabe mejor.

Origen

Ver Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 11/46; Fatáwa al-Islamíyah, 2/190

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