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7,97510/05/2013

El divorcio emitido por un juez no musulmán en un país occidental, ¿es válido en el Islam?

pregunta: 127179

Yo estuve casada por seis años. Mi matrimonio fue problemático, porque mi marido era adicto a las drogas. Aunque yo traté de ayudarlo, nada cambió la situación, que era insoportable, y para protegernos a mi hijo y a mí, me separé. Después de dos años en que él no cambió, yo busqué el divorcio en la corte y él se rehusó a dármelo, pero al final lo conseguí. Han pasado algunos años y yo quisiera saber si este divorcio efectuado en una corte no islámica es válido y cuenta como una pronunciación de divorcio. Las cosas han cambiado por su parte ahora, y yo me estuve preguntando si volver con él o no. Si quisiera volver con él, ¿es posible que podamos casarnos nuevamente? ¿Cuál sería el proceso?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

En primer lugar, es permisible para la mujer pedir el divorcio si el marido persiste en cometer actos inmorales, como beber alcohol o tomar drogas. Si el marido rehúsa a concederle el divorcio, ella puede remitir el asunto a un juez musulmán, que puede forzar al marido a divorciarla o decretar él mismo el divorcio. Si no hay un juez musulmán disponible, ella puede remitir el caso a las autoridades islámicas en su país, como por ejemplo al centro islámico, para que ellos puedan convencer al marido de que conceda el divorcio. Y es permisible documentar el divorcio islámico en una corte civil después de eso. 

En segundo lugar, si fuiste a una corte no islámica en tu país y la corte obligó a tu marido a emitir el divorcio, y él pronunció palabras de divorcio o las consignó por escrito con tal intención, entonces el divorcio cuenta como tal. 

Si él no pronunció ni escribió ningún consentimiento para el divorcio, y fue el juez no musulmán el que decretó el divorcio entre ustedes entonces el divorcio ordenado por un juez no musulmán no cuenta como tal. 

Los juristas están unánimemente de acuerdo en que ser musulmán es una condición esencial para un juez que juzga casos entre los musulmanes, porque desempeñarse como juez es un tipo de autoridad, y ningún no musulmán tiene autoridad sobre un musulmán ante la ley islámica. 

Ibn Farhún (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“El juez ‘Aiyád (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “las condiciones para desempeñarse como juez, sin las cuales su designación como tal y sus juicios no son válidos, son diez: ser musulmán, estar mentalmente sano, ser varón, estar libre (no ser esclavo), ser adulto, de buen carácter, tener conocimiento, desempeñar el cargo solo, no ser ciego, sordo ni mudo. Los primeros siete son esenciales para que su designación como juez sea válida, y los últimos tres no son esenciales, sino recomendables. Y el juicio emitido por un no musulmán no es válido, de acuerdo al consenso, ni tampoco el de la persona mentalmente insana”. Fin de la cita de Tabsirat al-Hukkám, 1/26. Ver también Al-Mawsu’ah al-Fiqhíyah, 33/295. 

La declaración final del Concilio Islámico de Jurisprudencia de Norte América, que fue mantenido en Copenhague, Dinamarca, con la Liga Musulmana Mundial, del 4 al 7 de Yumada al-Ula del 1425 después de la Emigración, concordante con el 22 al 25 de junio del año 2004 del calendario gregoriano, dice:

“Es permisible remitirse a una corte no islámica sólo cuando a través de ella el musulmán ve restablecidos sus derechos o evita un perjuicio en una tierra que no está regida bajo la ley islámica, con la condición de que se consulte a los eruditos de la ley islámica sobre si el veredicto dado es legalmente aplicable en ese caso, y que el demandante se limite a obtener solamente aquello que la ley islámica le permite”. 

También dice:

“Séptima cláusula: el punto hasta el cual el divorcio realizado en una corte civil en tierras no islámicas es válido:

La declaración explica que si una pareja se divorcia de una forma islámicamente aceptable, no hay nada de malo con documentar ese divorcio en las cortes civiles del país no musulmán. Pero si hay una disputa entre los esposos acerca del divorcio o sus asuntos relacionados, los centros islámicos deben jugar el rol del juez musulmán donde no haya uno disponible, después de realizar todos los procedimientos legales requeridos por la ley islámica. 

La emisión de un divorcio por parte del sistema judicial no musulmán no significa la finalización del matrimonio desde el punto de vista islámico. Si la mujer obtiene un divorcio civil, entonces ella puede recurrir al centro islámico y remitir el asunto a gente que esté cualificada o tenga suficiente conocimiento en esta materia, para completar el divorcio desde el punto de vista legal. No puede argüirse que se recurre a una corte civil ante un caso de necesidad cuando hay un centro islámico disponible”. Fin de la cita. 

Basándonos en esto, debes remitirte al centro islámico de tu ciudad para que ellos puedan llevar a cabo el procedimiento. 

En tercer lugar: si una mujer ha sido divorciada por su marido con una segunda pronunciación de divorcio, y el período post divorcio ha terminado, es permisible para ellos volver a casarse con un nuevo contrato matrimonial, con una nueva dote y en presencia del guardián de la mujer y los dos testigos. 

Pero si la pareja se divorció por tercera vez, no es permisible para ellos volver a casarse a menos que la mujer haya estado casada nuevamente con un segundo marido (en un matrimonio genuino y no simulado), y que luego se produzca el divorcio entre ellos o ella quede viuda. 

Y Allah sabe más.

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