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Normas sobre demorar el tener hijos para poder cumplir con la peregrinación mayor

Pregunta: 144543

¿Está bien que una musulmana use anticonceptivos por cinco o seis meses porque la pareja quiere realizar la peregrinación mayor y no quieren que la mujer sufra si queda embarazada o tiene un bebé? Ambos están recién casados.

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Alabado sea Allah

Es permisible para el musulmán y la musulmana usar medios
anticonceptivos por un período de seis meses o algo similar con ese
propósito, que es ser capaces de realizar la peregrinación, porque es
permisible demorar el tener hijos por algún motivo que los esposos
consideren de su interés. 

En una declaración del Concilio Islámico de Jurisprudencia se
afirmó: 

“Luego de examinar las investigaciones presentadas por sus
miembros y expertos sobre el tópico de la planificación familiar y escuchar
las discusiones que tuvieron lugar sobre este tema; y basándose en el hecho
de que uno de los objetivos del matrimonio de acuerdo a la ley islámica es
tener hijos y perpetuar la especie humana, y que no es permisible atentar
contra este objetivo porque hacerlo es contrario a los textos legales y sus
enseñanzas, que convocan a los creyentes a tener descendencia y mantener
este principio, porque mantenerlo y perpetuar la comunidad islámica es una
de las cosas esenciales protegidas por la ley islámica, el Concilio Islámico
de Jurisprudencia ha determinado lo siguiente: 

Primero: no es permisible emitir una ley general
restringiendo la libertad de los esposos de tener hijos. 

Segundo: está prohibido eliminar la capacidad de los esposos
para tener hijos, método conocido como esterilización, en tanto no existe un
caso de necesidad que indique eso, en base a los principios legales. 

Tercero: Es permisible cesar de tener hijos temporalmente,
con el objetivo de espaciar los embarazos o detenerlos por un período de
tiempo, si existe alguna razón legítima o necesidad para ello, de acuerdo al
punto de vista de ambos esposos y por medio de la consulta y el mutuo
acuerdo, con la condición de que esta voluntad no acarree ningún perjuicio y
que los medios utilizados sean islámicamente aceptables, y que eso no cause
un daño a un embarazo en curso”. 

Fin de la cita de Mayállat Mayma’ al-Fiqh, punto No. 5, vol.
1, p. 748. 

Y Allah sabe más.

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