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Dando la caridad obligatoria a la madre si su marido no gasta en ella

Pregunta: 146367

Hay un hombre que no provee a su esposa como corresponde con respecto al mantenimiento. ¿Puede su hijo darle algo de la caridad obligatoria de su riqueza para ayudar a mantenerla?

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

No
es permisible darle a la madre la caridad obligatoria que está destinada a los
pobres y los necesitados, porque gastar en ella es la obligación de su familia;
si su marido es pobre o rehúsa gastar en ella, es deber de sus hijos.

Ibn
Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo en al-Mugni (2/279): “Si la
mujer pobre tiene un marido adinerado, él debe gastar en ella y no es
permisible que él le de el dinero de la caridad obligatoria, porque ella
debería obtener lo suficiente de su derecho a ser mantenida por su esposo. Si
él no gasta en ella y es incapaz de hacerlo, es permisible que otros le den la
caridad obligatoria a ella. Esto fue afirmado por Áhmad”. Fin de la cita. Para
más información, por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 102755.

Si
ella no obtiene mantenimiento apropiado porque su marido es pobre o miserable,
entonces sus hijos están obligados a gastar en ella y darle lo necesario, si
son capaces de hacerlo.

Ibn
Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo en al-Mugni, 2/269: “Nada de
la caridad obligatoria debe ser dado a los propios padres ni a los hijos”. Ibn
al-Mundir dijo: “Los eruditos están unánimemente de acuerdo en que no es
permisible darles la caridad obligatoria a los parientes, cuando uno es
responsable por su manutención y está obligado de todas formas a gastar en
ellos, pues darles la caridad obligatoria significaría que ya no les debe
manutención, en cuyo caso la persona se beneficiaría económicamente de ello, o
es como si se diera la caridad obligatoria a sí mismo”.Fin de la cita.

Pero
si ellos no son capaces de gastar en ella, entonces es permisible dar la
caridad obligatoria a la madre, porque no es obligatorio que gasten en ella en
ese caso.

El Shéij al-Islam Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia
de él) dijo: “Es permisible darle la caridad obligatoria a los padres y los
abuelos, no importa cuán lejos estén en la línea de ancestros; y es permisible
dárselo a los hijos y nietos, no importa cuán lejos estén en la lista de
descendientes, si ellos son pobres y uno es incapaz de gastar en su
manutención”. Fin de la cita de Maymu’ al-Fatáwa, 5/373. Ver también: Ash-Shárh
al-Mumti’, 6/92; y la respuesta a la pregunta No. 85088.

Es
también permisible darle la caridad obligatoria a la madre bajo otra categoría
además de la del pobre y necesitado, tal como la del deudor, porque no es
obligatorio legalmente pagar las deudas de la madre, por lo tanto es permisible
darle el importe de la caridad obligatoria para que pague sus deudas; ella
tendría derecho a ello. Para más detalles, por favor consulte la respuesta a la
pregunta No. 39175.

Y Allah sabe más.

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