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Condiciones de la transacción murabahah válida para la compra de materiales de construcción

pregunta: 150579

Conozco un poco sobre las transacciones murabahah, y espero que puedan explicarlas de manera que nos ayude a evitar caer en algo haram.

Soy empleado en una empresa donde tenemos un sistema murabahah. Quiero construir una casa, y he solicitado un préstamo basado en murabahah, pero tengo algunas preguntas:

1. En cuanto la empresa firma un contrato con el distribuidor de materiales de construcción, ¿se debe trasladar los materiales a otro lugar?

2. En estos momentos, los materiales de construcción son caros en nuestro país. Cuando se otorga el préstamo, ¿es lícito pedirle al distribuidor al que la empresa ha comprado los materiales que guarde el dinero hasta que bajen los precios? También quiero esperar a tener tiempo libre antes de empezar a trabajar en la construcción.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

En primer lugar, la forma en que se realiza la transacción murabahah es que usted llega a un acuerdo con una empresa o un banco para comprar artículos específicos, como un automóvil o materiales de construcción, con la promesa a la empresa de que cuando compre los productos y tome posesión de ellos, usted se los comprará con un cierto margen de beneficio. Este murabahah no es un préstamo, y llamar a esta transacción préstamo es incorrecto, a menos que la llamada transacción murabahah sea incorrecta y la empresa no haya comprado el producto para sí misma, sino que lo que hizo fue financiar al cliente dándole el dinero. En ese caso se trata de un préstamo; de hecho, es un préstamo basado en la usura, porque la empresa está pidiendo al cliente que devuelva el préstamo y algo más.

La forma correcta de murabahah implica los siguientes pasos:

1. Usted indica a la empresa los productos que desea adquirir.

2. La empresa compra estos productos para sí misma.

3. La empresa toma posesión de los productos y los traslada desde el lugar del vendedor. No está permitido que venda los productos al cliente antes de tomar posesión de ellos y trasladarlos.

4. La empresa vende los productos al cliente después de tomar posesión de ellos.

5. Una vez que la empresa le haya vendido los productos, está permitido que los utilice para construir la casa, o está permitido que los venda en el mercado para obtener dinero en efectivo, siempre y cuando se los venda a alguien que no tenga relación con la empresa o con el distribuidor que se los vendió a la empresa. También se estipula que debe venderlos usted mismo, y no está permitido que delegue a la empresa para que los venda por usted.

Si se cumplen estas condiciones, entonces la murabahah es válida.

La prueba de que la compañía está obligada a tomar posesión de los productos y trasladarlos del lugar del comerciante es el relato narrado por Ahmad (15399) y An-Nasa'i (4613), según el cual Hakim Ibn Hizam (que Al-lah esté complacido con él) dijo: “Dije: ‘Oh, Mensajero de Al-lah, compro y vendo cosas; ¿qué se me permite hacer con ellas y qué está prohibido que haga?’. Me dijo: ‘Cuando hayas comprado algo, no lo vendas hasta que hayas tomado posesión de ello’" (clasificado como sahih por Al Albani en Sahih Al Yami', no. 342.

Ad-Daraqutni y Abu Dawud (3499) narraron de Zaid Ibn Zabit (que Al-lah esté complacido con él) que el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) prohibió vender las mercancías en el lugar donde fueron compradas, antes de que los mercaderes las trasladaran a sus puestos (clasificado como sahih [auténtico] por Ibn Hiban y Al Hakim; clasificado como sahih por Al Albani en Sahih Abi Dawud).

En As-Sahihain se narró de Ibn 'Abbas (que Al-lah esté complacido con ambos) que el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: "Quien compre algún alimento, que no lo venda hasta que lo haya recibido en su totalidad" (narrado por Al Bujari (2132) y Muslim (1525), quien agregó: “Ibn 'Abbas dijo: ‘Creo que se aplica a todas las cosas, es decir, no hay diferencia entre los alimentos y otras cosas en ese sentido’”).

Ver también la respuesta a la pregunta número  36408 .

En segundo lugar, no existe ninguna relación entre usted y el comerciante que vende el material de construcción, por lo que no tiene derecho a pedirle que guarde el dinero hasta que bajen los precios, porque la transacción murabahah válida -como se ha dicho anteriormente- es aquella en la que la empresa debe comprar al comerciante. Cuando la empresa ha comprado los productos y ha tomado posesión de ellos, entonces es su turno, lo que significa que se los compra a la empresa. Si el precio de los materiales es demasiado alto, usted puede esperar a que los precios bajen, y entonces puede solicitar la transacción murabahah.

Y Al-lah sabe más.

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