Descargar
0 / 0
360905/10/2010

Alquiló un departamento y lo dejó antes de que se terminara el período de alquiler; ¿debe pagar la renta remanente?

Pregunta: 152774

¿Es permisible firmar un contrato de alquiler de un departamento y si uno no tiene más opción que romper el contrato porque es incapaz de pagar mensualmente la renta, convertirlo en una deuda y ser responsable por el remanente del contrato de un año?

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Un contrato de alquiler es vinculante y debe cumplirse, y no
es permisible para ninguna de las dos partes cancelarlo unilateralmente.
Pero si ambas partes están de acuerdo en cancelarlo, entonces no hay nada de
malo con ello. 

Dice en Al-Mawsu’ah al-Fiqhíyah, 1/253: 

“El principio básico con respecto a los contratos de
alquiler, de acuerdo a la mayoría de los eruditos, es que son vinculantes y
ninguna de las dos partes tiene el derecho de cancelar el contrato
unilateralmente, excepto en el caso de algo que convierte al contrato en
nulo, tal como si se le descubre alguna falta, o pérdida del beneficio para
el cual el alquiler se paga. Y citaron como evidencia para ello las palabras
de Dios (traducción del significado): “Cumplid los acuerdos”
(al-Má’idah, 5:1)”. Fin de la cita. 

También dice en la página 1/272: 

“La mayoría de los juristas no piensan que los contratos de
alquiler puedan ser cancelados por excusas, porque un alquiler es uno de los
dos tipos de transacciones financieras y su contrato es vinculante: una vez
que el contrato se ha completado con el acuerdo de ambas partes, no puede
ser cancelado excepto con el acuerdo de ambas partes”. Fin de la cita. 

Ibn Qudamah dijo en Al-Mugni, 5/260: 

“Un contrato de alquiler es vinculante, en el cual es
poseedor de una tierra toma posesión del alquiler y el inquilino toma
posesión de sus beneficios. Si el inquilino cancela el contrato de alquiler
antes de que termine su período y le da los beneficios voluntariamente, el
contrato no es cancelado y todavía debe pagar la renta, y todavía es en
propietario de los beneficios de la tierra, tal como si él comprara algo y
tomara posesión de ello, y luego lo regalara. Al-Azram dijo: “Le dije a Abu
‘Abd Allah: “Un hombre contrató un camello y cuando llegó a Medina le dijo
al propietario: “¿Podemos cancelar el trato?”. Abu ‘Abd Allah dijo: “Él no
tiene derecho de hacer eso; está obligado a cumplir con el período
acordado”. Yo le dije: “¿Y qué si quien contrató cae enfermo en Medina?”. Él
me dijo: “No puede cancelarlo, porque es un contrato entre las dos partes y
ninguna de las dos tiene derecho a cancelarlo unilateralmente. Aún si lo
cancela, debe pagar el monto acordado, como en el caso de una venta”. Fin de
la cita. 

El Shéij al-Islam Ibn Taimíyah dijo: 

“Si el contrato de alquiler es válido, entonces es vinculante
para ambas partes”. Fin de la cita de Fatáwa al-Kubra, 5/407. 

Basándonos en esto, si el propietario está de acuerdo contigo
en cancelar el contrato, entonces está renunciando a su derecho y no debes
pagar nada más. Pero si él insiste en apegarse al contrato entre tú y él,
entonces él tiene derecho a eso y debes pagar el alquiler por el período
restante, y puedes hacer uso del apartamento rentado o subalquilarlo a
alguien que lo use como tú lo harías, hasta que se termine el período de
alquiler. 

Consulta también la respuesta a la pregunta No.
82568

Y
Allah sabe más.

Origen

Islam Q&A

at email

Suscripción al servicio postal

Estamos felices de suscribirnos a la lista de correo para recibir actualizaciones nuevas y periódicamente

phone

Aplicación de Islam Q & A

Acceso más rápido al contenido y capacidad para navegar sin internet

download iosdownload android