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Rompió el ayuno de Ramadán a causa de una relación con un joven, ¿qué debe hacer?

pregunta: 221126

Hace pocos años, rompí el ayuno de Ramadán durante cinco días sin excusas. Sucedió durante el día luego de comenzar el ayuno. Esto pasó debido a una relación física con un joven en ese momento. Estoy arrepentida de lo que pasó y quiero corregir mi error.

¿Tengo que reponer esos cinco días solamente, o tengo que reponer trescientos días, dos meses consecutivos por cada día? ¿O tengo que alimentar a trescientas personas, sesenta personas por cada día?

La razón de mi confusión es que yo sé que quienquiera que rompa el ayuno sin excusa está obligado a ayunar por dos meses consecutivos o alimentar a sesenta personas pobres, y el que rompe el ayuno con una excusa, sólo deberá compensar los días que no ayunó ¿es esto correcto?

Quisiera saber también cómo podría ayunar una muchacha durante dos meses consecutivos, sabiendo que durante ese tiempo tendrá su período menstrual.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Le pedimos a Dios que acepte tu arrepentimiento. 

En primer lugar, si lo que quieres decir por relación física entre ese joven y tú involucra una relación sexual, entonces este es un pecado más serio, porque las relaciones sexuales son una de las más graves causas para romper el ayuno, ¿qué decir si además son relaciones sexuales ilícitas? Esto está todavía más prohibido aún, y lo que se requiere en este caso es arrepentirse y ofrecer la más estricta de las expiaciones, que es liberar a un esclavo; si esto no es posible, entonces debes ayunar durante dos meses consecutivos; si no puedes hacer eso, entonces debes alimentar a sesenta personas pobres. 

Si las relaciones sexuales tuvieron lugar durante el mes de Ramadán en dos o más días, entonces la expiación será repetida tantas veces como el número de días en que tuviste esas relaciones prohibidas, de acuerdo al punto de vista de la mayoría de los eruditos (que Allah tenga misericordia de todos ellos). Este es el punto de vista de Malik, Ash-Shafi’i y Áhmad. Ver: Al-Mugni (3/33-34). Ver también la respuesta a la pregunta No. 22960

Basándonos en esto, si una persona tuvo relaciones sexuales dos días durante Ramadán, por ejemplo, entonces debe compensar los dos días en que tuvieron lugar las relaciones sexuales. Debes también, además de reponer esos dos días, ofrecer una expiación. Así que debes ayunar durante dos meses consecutivos por cada día, pero no tienes que ayunar los 120 días corridos. Si ayunas durante dos meses consecutivos compensando el primer día, entonces descansas del ayuno por unos cuantos días y luego ayunas durante dos meses consecutivos por el segundo día. Entonces esos ayunos serán válidos.

Pero si esa relación física que ocurrió entre ustedes no involucra relaciones sexuales, pero hubo emisión de líquido seminal a causa de ello, entonces el ayuno fue invalidado y sólo se requiere reponerlo, además de arrepentirse, pero no requiere una expiación. Para más información, por favor lee la respuesta a la pregunta No. 106476.

En segundo lugar, si una mujer tiene que ayunar durante dos meses consecutivos, la sucesión de ayunos no se interrumpe por la menstruación; así que no debe ayunar durante los días en que está menstruando y entonces debe completar los dos meses de ayuno después del fin de su menstruación. Esto está bien explicado en la respuesta a la pregunta No. 82394

Y Allah sabe más.

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