Hace algunos años atrás realicé un retiro espiritual en la mezquita con la intención de pasar allí los últimos diez días de Ramadán, pero no pude completarlos a causa de la llegada de mi menstruación en el día 27 del mes. Revisé un libro islámico (Bahishti Zewar) en donde se menciona que mi retiro espiritual estuvo completo. Luego de algunos años consulté con un gran jurista que me dijo que esa referencia del libro no es auténtica y que debo completar el resto de los días. Hice entonces el retiro espiritual en un cuarto de la casa, y más tarde supe que sólo puede ser hecho en una mezquita. ¿Ahora tendré que hacerlo en una mezquita, comenzando otra vez por los diez días? Su pronta respuesta será altamente apreciada, shéij.
Ella hizo el retiro espiritual en la mezquita en los últimos diez días de Ramadán, pero le llegó su período menstrual; ¿cuáles son las normas sobre esto?
pregunta: 222426
Resumen de la respuesta
Para resumir, si tu retiro espiritual fue voluntario, como parece ser el caso, entonces lo que hayas cumplido antes de la llegada de tu menstruación es válido. En cuanto a lo que resta después de que tu menstruación comenzó, no tienes que regresar a la mezquita para completarlo. Pero si tu retiro espiritual era obligatorio, en cumplimiento de un juramento, entonces es esencial conocer la redacción exacta del juramento implicado para determinar si tienes que completarlo o no. Y Allah sabe más.
Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.
En primer lugar, los eruditos están unánimemente de acuerdo en que para el hombre el retiro espiritual no es válido a menos que sea realizado en la mezquita, porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado):
“…y no tengáis relaciones con ellas (vuestras esposas) si estáis haciendo retiro en las mezquitas”. (Al-Báqarah, 2:187). Entonces, el retiro espiritual debe ser hecho especialmente en una mezquita. Ver: Al-Mugni, por Ibn Qudamah (3/189).
La mayoría de los eruditos sostiene el punto de vista de que las mujeres son como los hombres en este asunto; entonces el retiro espiritual de una mujer no es válido a menos que sea hecho en la mezquita, y no es válido si lo hace en el lugar de su casa destinado a la oración. Para más información sobre este tema, por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 50025.
En segundo lugar, el retiro espiritual en la mezquita durante los diez últimos días de Ramadán pertenece a la Tradición Profética y es un acto recomendable para los hombres, y también para las mujeres si no hay riesgo de discordias, si en la mezquita hay un espacio solamente para las mujeres y si tiene el consentimiento de su marido. Para más información sobre este tópico, por favor consulta por favor la respuesta a la pregunta No. 37698.
En tercer lugar, el principio básico acerca del retiro espiritual en la mezquita es que es una Tradición Profética recomendable, no obligatoria, y no es obligatorio hacerla a menos que sea en cumplimiento de un juramento. Si una persona ha hecho un juramento para observar el retiro espiritual en la mezquita, entonces es obligatorio cumplirlo, porque el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: "Quien jure hacer un acto de obediencia a Dios, que lo cumpla, pero quien jure hacer un acto de desobediencia a Dios, que no lo cumpla". Transmitido por Al-Bujari (6696).
‘Umar (que Dios esté complacido con él) relató que le dijo al Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él): “Oh, Mensajero de Dios, durante la época de la ignorancia pre islámica yo juré que pasaría una noche de retiro espiritual en la mezquita del Sagrado Templo”. Él dijo: “Cumple tu juramento”. Transmitido por Al-Bujari (6697) y Muslim (1656).
Ibn al-Mundir dijo en su libro Al-Iymá’ (pág. 53): “Hay acuerdo unánime en que el retiro espiritual en la mezquita es una Tradición Profética y no es una obligación sobre la gente, a menos que una persona se haya comprometido a hacerlo por medio de un juramento, en cuyo caso esto es obligatorio para él”. Fin de la cita.
En cuarto lugar, si una mujer realiza el retiro espiritual en la mezquita y entonces le llega su menstruación, debe dejar la mezquita, según el consenso general entre los eruditos, pero lo que ya ha hecho del retiro espiritual no se invalida en absoluto por la llegada de su período menstrual, según la mayoría de los eruditos. Debe regresar a su casa, y cuando termina su período y se purifica, si su retiro espiritual era obligatorio debido a un juramento debe regresar a la mezquita y completar su retiro allí, continuando desde donde debió abandonarlo y reponiendo lo que perdió; y no se requiere que ofrezca una expiación.
Pero si su retiro espiritual en la mezquita responde a la Tradición Profética y era un acto de culto recomendable, entonces no tiene que regresar a la mezquita o completar este retiro espiritual después.
El imam Málik dijo acerca de las mujeres: “Si una mujer hace el retiro espiritual en la mezquita y entonces llega su menstruación, debe regresar a casa, y luego cuando se purifica puede regresar a la mezquita y continuar su retiro espiritual desde donde lo dejó”. Al-Muwatta' (1/316).
El shéij Ibn Yibrín dijo: “Si ella hace el retiro espiritual en la mezquita y entonces llega su menstruación, debe dejar la mezquita hasta purificarse, y luego regresar.
Si el tiempo del retiro espiritual termina antes de que ella pueda purificarse de su menstruación o del sangrado post parto, debe reponer lo que perdió si su retiro espiritual responde al cumplimiento de un juramento, pero si es un retiro voluntario debe dejarlo, porque el tiempo para ello habrá terminado”.
Ver: Hiwár fi’l-i’tikaf, publicado en su sitio web:
http://www.ibn-jebreen.com/?t=books&cat=356&page=10&book=6
Ver también: Al-Mugni (3/206); Shárh al-‘Umdah, por Ibn Taimíyah (2/829 –As-Siyam [El Ayuno]).
Origen:
Islam Q&A
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