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Ayunar el Día de la duda con la intenciَn de recuperar un ayuno perdido en Ramadan

pregunta: 26860

Sé que el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él) no permitía ayunar el Día de la Duda, y prohibía también ayunar dos días antes de Ramadán, pero ؟está permitido recuperar ayunos perdidos de Ramadán en esos dos días?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Sí, está permitido recuperar ayunos perdidos de Ramadán el día de la duda y también uno o dos días antes de Ramadán. 

Está demostrado que el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él) prohibía ayunar el día de la duda, y también anticipar Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience, pero esta prohibiciَn no se aplica a quien ya tenga un esquema regular de ayuno, porque el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él) dijo: “No anticipen Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience, pero si un hombre tiene el hábito de ayunar, entonces que ayune”. Narrado por al-Bujari, 1914; Muslim, 1082. Por eso si una persona está acostumbrada a ayunar los lunes, por ejemplo, y ese lunes coincide con el ْltimo día de Sha’baan, entonces puede cumplir el ayuno como voluntario y no está prohibido hacerlo. 

Si está permitido cumplir un ayuno voluntario que uno realice regularmente, entonces más correcto aْn es permitir recuperar un ayuno perdido de Ramadán, porque es algo obligatorio, y porque no está permitido posponer los ayunos perdidos hasta después del prَximo Ramadán. 

An-Nawawi dijo en su libro al-Maymu’, 6/399: 

Nuestros compaٌeros decían: No es correcto ayunar el día de la duda cuando no se tiene la certeza de que Ramadán ha comenzado, y no hay diferencia de opiniones entre los eruditos en este punto… Pero si una persona ayuna para recuperar un ayuno perdido, o por cumplir votos, o como acto de expiaciَn (kafaarah), entonces sí está permitido, porque si se le permite cumplir un ayuno voluntario ese día a quien tenga una razَn para hacerlo, entonces más apropiado aْn es permitirle cumplir un ayuno obligatorio. Es similar al caso de cuando está prohibido orar (cuando de todos modos uno puede ofrecer la oraciَn siempre y cuando haya una razَn). Y si una persona sigue debiendo ayunos perdidos de Ramadán, entonces tiene que cumplirlos, porque se le ha acortado mucho el tiempo para recuperarlos.

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