En los últimos años, después de terminar Ramadán, he estado ayunando lunes y jueves con la intención de compensar ayunos pendientes de Ramadán, y si no debía ningún día de ayuno entonces serían náfil (supererogatorios). No conté los días que no ayuné en Ramadán. ¿Es válido mi ayuno? Si no es así, ¿debería ayunar esos días nuevamente o debo ofrecer una expiación?
Una hermana ayuna lunes y jueves con la intención de que si debe algún ayuno de Ramadán, estos sean para compensarlos; si no, son ayunos voluntarios.
pregunta: 277558
Resumen de la respuesta
La situación presentada es de una mujer que no está segura de si un ayuno es obligatorio o no y en consecuencia su intención de ayunar es incierta, o sea, que si debe días de ayuno pueda compensarlos, y si no que sean voluntarios. En el primer caso este ayuno será válido, compensación de esos días pendientes de Ramadán. De lo contrario, serán ayunos náfil. Es decir, ella puede poner esa intención y hacerlo de ese modo, sin embargo, lo mejor sería que esta no sea la condición de todos sus ayunos. La hermana debería tratar de calcular la cantidad de días que cree tener pendientes, establecer una intención certera (específica, clara) para su ayuno: ya sea para compensar un ayuno perdido o hacer un ayuno voluntario. No debería abrir la puerta a los waswasah (susurros de Shaitán), las dudas y las incertidumbres sobre sus actos de adoración. Y Allah sabe mejor.
Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.
Si una persona tiene la intención de ayunar los lunes y jueves, o cualquier otro día, con una intención incierta -que si debe algún día, lo compensa, y si no debe, es un ayuno voluntario-: es similar a alguien que intenta ayunar Ramadán con una intención incierta, o sea, que si mañana es Ramadán, mi ayuno es obligatorio. Lo más probable es que el ayuno con esta intención sea válido.
El Shéij al-Islam Ibn Taimíyah (que Allah tenga piedad de él) dijo:
Una intención incierta es válida, como si una persona dijera: Si mañana es Ramadán, entonces mi ayuno es obligatorio, de lo contrario es un ayuno voluntario. Este es uno de los dos puntos de vista narrados por Ahmad.
Fin de la cita de al-Ijtiyarát (p. 95).
El Shéij Ibn ‘Uzaimín (que Allah tenga piedad de él) dijo:
No es válido el ayuno de una persona que tiene la intención de ayunar pensando “si mañana es Ramadán, entonces mi ayuno es obligatorio”.
No es aceptable la intención de una persona que dice “si mañana empieza Ramadán, el ayuno es obligatorio”. Incluso si después piensa “de lo contrario será un ayuno voluntario”, o dice “de lo contrario, no ayunaré”.
Como ejemplo podemos traer a colación el de un hombre que duerme temprano la noche anterior al treinta de Sha’bán, cuando existe la posibilidad de que sea la primera noche de Ramadán, y por tanto, dice “si mañana es Ramadán, entonces empiezo mi ayuno obligatorio” o dice “si mañana es Ramadán, ayunaré”, o “si mañana es Ramadán, entonces es el ayuno obligatorio, de lo contrario será para una expiación” o frases similares.
La opinión correcta es que su ayuno no es válido. Cuando dijo “Si tal o cual, entonces el ayuno es obligatorio”, demostró incertidumbre, y la intención debe basarse en la certeza. Por ejemplo, si se despierta después del amanecer y se da cuenta de que es (el primer día de) Ramadán, de acuerdo con nuestra opinión, debe recuperar ese día.
El segundo informe del Imam Ahmad es que el ayuno es válido si se da cuenta de que es Ramadán (cuando se despierta). Esta fue la opinión favorecida por Shéij Ibn Taimíyah (que Allah tenga piedad de él).
Quizás eso está incluido en el sentido de las palabras del Profeta (paz y bendiciones sean con él) a Dubá’ah bint az-Zubair (que Allah esté complacido con ella): “Tienes el derecho ante tu Señor de aprovechar la condición que estipulaste”. Este hombre estipuló esta condición porque no sabía si el día siguiente sería Ramadán, por lo que su incertidumbre tenía que ver con el comienzo del mes, pero no tenía incertidumbre acerca de su intención, ni sobre el hecho de que ayunaría.
Por lo tanto, no se considera válido el ayuno de que quien dice la primera noche de Ramadán: “tal vez ayune mañana, tal vez no”, y luego del amanecer decide ayunar.
Sin embargo, es diferente si condiciona su ayuno a la demostración de que el mes de Ramadán haya comenzado. Esta es una situación frecuente, por lo que si no se prueba que el mes ha comenzado, no ayunará.
En base a ello, si la noche anterior al treinta de Sha’bán, nos dormimos antes saber si ha comenzado Ramadán, deberíamos pensar “si mañana es Ramadán, ayunaremos”. Aunque esta sea la intención de cada musulmán en términos generales, o sea, que ayunará si es Ramadán; siempre es mejor tener una intención específica. El musulmán debería decirse a sí mismo: “si mañana es Ramadán, entonces será mi ayuno obligatorio”. En ese caso si pasado el amanecer le llega la información de que empezó Ramadán, su ayuno será válido.
En cambio, si la noche anterior al treinta de Ramadán el musulmán dice: “si mañana es Ramadán estoy ayunando, de lo contrario no estoy ayunando”, los eruditos dijeron que es permisible aunque haya cierta incertidumbre en su intención, porque la intención es en función de si está comprobado que el nuevo mes ha comenzado.
Como ese es el caso, la incertidumbre debería ser la misma al comienzo del mes que al final del mismo. Pero son diferentes porque a inicios de mes el principio básico es que no hay ayuno, porque el comienzo del mes aún no se ha comprobado. Al final del mes es al revés: el principio básico es que uno está ayunando, porque el día siguiente es parte de Ramadán, a menos que se demuestre que el mes ha terminado.
Pero esta diferenciación no debería afectar el hecho de que existe una intención incierta en ambos casos. Ambas intenciones son inciertas, y ambas posibilidades existen en ambos casos. Existe incertidumbre sobre el treinta de Sha’bán: ¿será el primer día de Ramadán o no? Y hay incertidumbre sobre el treinta de Ramadán: ¿resultará ser [el último día de] Ramadán o no?
Fin de la cita de ash-Sharh al-Mumti’ (6 / 361-363).
El Shéij Ibn ‘Uzaimín también dijo, con respecto a alguien que no está seguro de la cantidad de días de Ramadán que tiene que recuperar: para estar seguro, debe recuperar el día del cual no estaba seguro, porque si era obligatorio para él, habrá hecho lo que se requiere de él con certeza, y si no fuera obligatorio, entonces será un ayuno voluntario. Allah, Exaltado sea, no hará que se pierda la recompensa de quien hace el bien.
Fin de la cita de Fatawa Nur ‘ala ad-Darb.
Ver también la pregunta No. 118281.
Conclusión:
La situación presentada es de una mujer que no esté segura de si un ayuno es obligatorio o no y, en consecuencia, su intención de ayunar es incierta, o sea, que si debe días de ayuno pueda compensarlos, y si no que sean voluntarios. En el primer caso este ayuno será válido, la compensación de los días pendientes de Ramadán. De lo contrario, serán ayunos náfil (voluntarios). Es decir, ella puede poner esa intención y hacerlo de ese modo, sin embargo, lo mejor sería que esta no sea la condición de todos sus ayunos. La hermana debería tratar de calcular la cantidad de días que cree tener pendientes, establecer una intención certera (específica, clara) para su ayuno: ya sea para compensar un ayuno perdido o hacer un ayuno voluntario. No debería abrir la puerta a los waswasah (susurros de Shaitán), las dudas y las incertidumbre sobre sus actos de adoración.
Y Allah sabe mejor.
Origen:
Islam Q&A