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Normas sobre consumir ciertos alimentos solo en Ramadán

pregunta: 292645

Aquí en Egipto, durante el bendito mes de Ramadán, tenemos algunos alimentos que se comen específicamente durante este mes, como kunafah (un pastel parecido a los fideos), qatayef (una especie de bola de masa dulce), qamar ad-din (néctar de albaricoque), mukassarat (nueces mixtas), ñame (una combinación de frutas secas y nueces generalmente mezcladas con leche) y así sucesivamente. Hay un estudiante de conocimiento en la zona donde vivimos que dice que no está permitido comer estos alimentos específicamente en el mes de adoración, porque tener algunas costumbres que se hacen específicamente en el mes de adoración es una especie de innovación, especialmente ya que no hay nada en estos alimentos que ayude a la persona a ayunar. Por lo tanto, no entran en el rubro de medios tangibles o shar'i. En base a eso, dice que comer los alimentos mencionados está prohibido en Ramadán, pero no en otras épocas del año, y dice que leyó que uno de los Sheij de Egipto dijo eso. ¿Cuál es la sentencia sobre este asunto?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

No hay nada de malo en la costumbre que algunas personas tienen de comer ciertos tipos de alimentos durante el mes de Ramadán, dulces y otras cosas, y no entra en el rubro de innovación, porque no buscan acercarse a Allah mediante estos alimentos en este mes; más bien es una cuestión de costumbre y tradición.

La innovación (bid'ah) tiene que ver con introducir cosas en la religión, porque el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Quien introduzca algo en estos asuntos nuestros que no sea parte del mismo, le será rechazado". Narrado por al-Bujari (2697) y Muslim (1718).

El profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: "Quien haga una acción que no sea parte de este asunto nuestro, le será rechazado". Narrado por Muslim (1718).

"Bid'ah adicional (bid'ah idaafiyyah)" es, como ash-Shaatibi (que Allah tenga misericordia de él) dijo: Una práctica innovadora que se introduce en la religión que es similar a las prácticas prescriptas, donde el objetivo detrás de adherirse a este es el mismo que el objetivo detrás de seguir la práctica prescripta.

Un ejemplo de eso es realizar consistentemente actos específicos de adoración en momentos específicos para los cuales no hay evidencia en los textos de la shari'ah, como ayunar siempre el día quince de Sha'baan y pasar la noche del día quince en oración (qiyaam).

Fin de la cita de al-I'tisaam (1/51).

En cuanto a adherirse a ciertas costumbres o tradiciones en ciertos momentos, eso no se incluye en la definición de bid‘ah.

En Sahih al-Bujaari (5403) se narra que Sahl ibn Sa'd dijo:

Solíamos esperar el viernes porque había una anciana que conocíamos que tomaba las raíces de silq (una variedad de acelgas) y las ponía en una olla suya con algunos granos de cebada. Cuando habíamos orado, la visitábamos y ella nos ofrecía esa comida. Solíamos esperar el viernes por eso, y no almorzábamos ni dormíamos la siesta hasta después del Yumu‘ah. Por Dios, esta no contenía grasa.

En este hadiz vemos que esta mujer Sahaabi solía preparar esa comida solo el viernes, y los compañeros del Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) solían esperar el viernes y sentirse felices cuando este llegaba, porque de esta manera comerían esta comida en la casa de esta señora. ¿Se puede decir que esto fue una innovación?

O, ¿cuál es la diferencia entre la comida que se prepara tradicionalmente en el mes de Ramadán y lo que solían comer el día viernes los compañeros del Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él)?

El Sheij Muhammad ibn Ibraahim (que Allah tenga piedad de él) dijo: Si prestamos atención a lo que se dice acerca de que las costumbres y tradiciones son innovaciones (bid'ahs) que se han introducido, entonces todo lo que no existía en la época del Mensajero (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) y el tiempo de sus compañeros, ¡ya sean tipos de comida, bebida, ropa, medios de transporte y todos los demás inventos que se introdujeron en la vida cotidiana después de ese tiempo, deben considerarse innovaciones reprobables!

Tal noción es extremadamente errónea e incorrecta, y refleja una completa ignorancia de los fundamentos y objetivos del Islam.

Lo que dijo el Mensajero de Allah (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) sobre el significado de la innovación está perfectamente claro.

Es obvio para las personas perspicaces y comprensivas que lo que se quiere decir con los asuntos innovados o introducidos que deben ser rechazados son asuntos que tienen que ver con la religión, como agregarle algo o adherirse a algunas prácticas a las que el Mensajero (bendiciones y la paz de Allah sea con él) no se adhirió.

Fin de la cita de Fatáwa ash-Sheij Muhammad ibn Ibraahim (2/128).

El Sheij Ibn 'Uzaimin (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

La diferencia entre tradiciones y adoración es que la adoración es lo que Allah y Su Mensajero han ordenado como un medio para acercarse a Allah y buscar Su recompensa.

En cuanto a las tradiciones, estas son cosas que la gente suele hacer en materia de comida, bebida, vivienda, vestimenta, medios de transporte, interacciones entre sí, etc.

Hay otra diferencia, es que el principio básico con respecto a los actos de adoración, estos no están permitidos y están prohibidos, a menos que haya pruebas que demuestren que son actos de adoración, porque Allah, exaltado sea, dice (interpretación del significado): "¿Acaso [los idólatras] tienen divinidades que les han establecido preceptos religiosos que Dios no ha prescrito?” [Corán 42:21].

En cuanto a las tradiciones y costumbres, el principio básico es que están permitidas, a menos que haya pruebas que demuestren que no están permitidas.

En base a eso, si las personas tienen una costumbre o tradición que siguen, y alguien les dice que está prohibido, se le debe pedir una prueba y se le debe decir: ¿Dónde está la prueba de que esto es prohibido?

Con respecto a los actos de adoración, si se le dice a alguien que este acto de adoración es una innovación (bid'ah) y él dice que no lo es, le decimos: ¿Dónde está la prueba de que no es una innovación? Porque el principio básico con respecto a los actos de culto es que no están permitidos, a menos que haya pruebas que indiquen que están prescriptos? Fin de la cita de Liqaa ’al-Baab al-Maftuh (2/72).

También dijo: Con respecto a lo que es una innovación en términos de shar'i, la pauta es que busca adorar a Allah de una manera que Allah no ha prescrito.

Si lo desea, puede decir que es adorar a Allah, exaltado sea, de una manera que no fue practicada por el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) o por los Califas bien Guiados. Así que todo aquel que adora a Allah haciendo algo que Allah no ha prescrito, o haciendo algo que no era de la práctica del Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) o los Califas bien Guiados que le sucedieron, es un innovador, ya sea que este acto de adoración tenga que ver con los nombres y atributos de Allah, o tenga que ver con Sus reglas y leyes.

Pero en lo que respecta a los asuntos cotidianos que tienen que ver con la costumbre y la tradición, no se pueden llamar innovaciones en términos religiosos, aunque se llamen innovaciones en términos lingüísticos; no son innovaciones en la religión, y no son de lo que el Mensajero de Allah (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) nos advirtió.

Fin de la cita de Maymu' Fataawa wa Rasaa'il Ibn' Uzaimin (2/292).

Y Allah sabe más.

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