¿Cuáles son las normas sobre quien descarga disertaciones y otros materiales de difusión islámica de Internet, y luego los copia y los distribuye entre la juventud para difundir el conocimiento de la religión y de esta manera lograr que los beneficios de estas obras alcancen a más personas? ¿Se considera que esto es una transgresión a los derechos de autor?
Descargando disertaciones de Internet y distribuyéndolas para difundir el conocimiento sobre el Islam
pregunta: 38847
Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.
El principio básico es que el administrador de la página web coloca este material en su sitio para que la gente lo escuche y se beneficie de él. Algunos proveen ya los medios para descargar y grabar este material, por lo tanto se considera que esto es un permiso tácito para que sean copiados.
Basándonos en esto, no hay nada de malo con descargar este material, grabarlo y distribuirlo entre los jóvenes o entre la gente en general, más bien esto es algo beneficioso y una buena obra, porque cae bajo la denominación de difundir la palabra y la religión de Dios y cooperar en el bien. El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Quien convoque a la gente al camino recto tendrá una recompensa igual a la de aquellos que lo sigan, sin que eso mengüe su propia recompensa en lo más mínimo, y quien convoque a los demás a la incredulidad y al extravío, tendrá una carga de pecado por aquellos que le sigan, sin que eso mengüe su propia carga en lo más mínimo”. Narrado por Muslim, 2674, del reporte de Abu Hurairah.
Sin embargo, no es permisible intentar descargar material de sitios web que no lo permitan, porque esto sería transgredir los derechos de los autores de ese material, quienes lo han escrito, compilado, o inventado, etc. Estos derechos están protegidos en la ley islámica, como se afirma en la declaración del Concilio Islámico de Jurisprudencia, publicada durante su quinta conferencia mantenida en Kuwait, del 1 al 6 del mes de Yumada al-Áwwal, 1409 después de la Héyirah, concordante con el 10 al 15 de diciembre de 1988:
“Los nombres comerciales, nombres de las compañías, marcas comerciales, textos e invenciones, todas están sometidas a derechos de autor por parte de sus propietarios o autores, que en la práctica moderna han adquirido un valor monetario. Estos derechos son respetados por la ley islámica y no es permisible transgredirlos. Los derechos de copia están protegidos en el Islam…
Tercero, el propietario de estos derechos tiene derecho a disponer de ellos y nadie puede transgredirlos”.
Consulta las preguntas Nos. 454 y 21927.
Y Allah sabe más.
Origen:
Islam Q&A