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Ella tiene que ofrecer una expiación por matar, pero no puede liberar a un esclavo ni ayunar, entonces ¿puede alimentar a personas pobres?

pregunta: 39493

Hay una mujer que mató a otra por accidente, y cuando preguntó sobre las reglas, le dijeron que tenía que alimentar a sesenta personas, pero parece que esta fatwa no es correcta, y ella tiene que ayunar por dos meses. Pero en este momento es anciana y no puede ayunar, ¿qué debe hacer?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

La expiación por matar a alguien por accidente es la liberación de un esclavo. Si ésto no es posible, entonces debe ayunar durante dos meses consecutivos. El que no puede hacer ésto, no tiene que hacer nada, y alimentar a los pobres no es una opción en este caso, según la opinión más fuerte. 

Allah, alabado sea, dice (interpretación del significado):

“Un creyente no debe matar a otro creyente, salvo que lo hiciere por error. Quien mate a un creyente por error deberá liberar a un esclavo creyente y pagar una indemnización a la familia de la víctima, a menos que ella se la condone. Y si era creyente y pertenecía a un pueblo enemigo, deberá liberar un esclavo creyente. Pero, si pertenecía a un pueblo con el que mantenéis un pacto, deberá pagarle la indemnización a la familia de la víctima y liberar a un esclavo creyente. Y quien no esté en condiciones de hacerlo deberá ayunar dos meses seguidos, como una expiación dispuesta por Allah. Allah es Omnisciente, Sabio.”

[al-Nisa’ 4:92] 

A los expertos de la Comisión permanente para la emisión de fatwas se les preguntó lo siguiente: ¿Tengo que ayunar después de pagar el diyah y durante cuántos días debo ayunar? ¿Los ayunos tienen que cumplirse de manera consecutiva, o pueden interrumpirse, o se puede entregar alimento en su lugar? 

Ellos respondieron: Usted tiene que ofrecer una expiación por matar por accidente, la cual es liberar a un esclavo. Si usted no puede hacerlo, entonces ayune durante dos meses. No  es válido interrumpir los ayunos, y no se acepta que alimente a los pobres en su lugar en el caso de un asesinato accidental, porque no hay evidencia para ésto con respecto a la expiación por matar en el Libro de Allah o en la Sunnah de Su Mensajero (la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él), y su Señor no olvida. Fin de cita. Fataawa al-Laynah al-Daa’imah (21/273). 

Al Sheik Ibn ‘Uzaymin (que Allah tenga piedad de él) se le preguntó:  

Hay un hombre que tiene diabetes, y tiene que ofrecer una expiación por dos meses – es una expiación por matar a alguien accidentalmente – pero no puede ayunar por su enfermedad. ¿Qué debe hacer? 

Él respondió: 

Si no puede ayunar, entonces no tiene que hacer nada, porque la expiación por una muerte accidental sólo puede hacerse liberando a un esclavo o ayunando durante dos meses consecutivos, como se dice en Surat al-Nisa’ (interpretación del significado):  

“Y quien no esté en condiciones de hacerlo deberá ayunar dos meses seguidos, como una expiación dispuesta por Allah. Allah es Omnisciente, Sabio.” [al-Nisa’ 4:92]. 

Alimentar a los pobres no es una opción en este caso. Si él puede ayunar, que ayune de otro modo las reglas no se aplican en su caso. 

Fin de cita de Liqa’ al-Baab il-Maftuh 107, pregunta número 24. 

También se le preguntó: 

Hay una persona que tiene que ofrecer una expiación por asesinato, y no puede liberar a un esclavo ni ayunar. ¿Puede alimentar a gente pobre en su lugar, o no es necesaria la expiación en su caso? 

Él respondió:

No, la expiación no es necesaria en su caso. La expiación por asesinar es sólo de dos tipos: liberar a un esclavo o ayunar, porque Allah, alabado sea, no mencionó una tercera opción. Si la tercera opción hubiera sido obligatoria entonces Allah la hubiera mencionado, como Él lo menciona en el caso de la expiación por Dihaar (una forma pre islámica de repudio a la mujer): liberar a un esclavo, y si ésto no es posible debe ayunar durante dos meses consecutivos, y si ésto no es posible, entonces tiene que alimentar a sesenta personas pobres. Pero si alimentar a los pobres no está mencionado con respecto a la expiación por asesinato. Basados en ésto, le decimos a esta persona que no puede liberar a un esclavo ni ayunar, entonces no es necesario que lo haga.

Fin de cita extraída de Liqaa’ al-Baab al-Maftuh 190, pregunta número 15. 

Y Allah sabe mejor.

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