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Normas sobre el divorcio en un momento de ira

pregunta: 45174

Una mujer musulmana dice que su marido a menudo le ha dicho, en momentos de intensa ira, “Estás divorciada”. ¿Cuáles son las normas sobre esto, especialmente teniendo en cuenta que tienen hijos?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

El Shéij ‘Abd el-‘Azíz ibn Baaz (que Allah tenga misericordia de él) fue consultado acerca de un hombre cuya esposa lo trataba mal y lo insultaba, y entonces él la divorció en un momento de enojo. Él respondió:

“Si pronunciaste las palabras de divorcio en un momento de intensa ira sin tomar conciencia de lo que habías hecho, y no podías controlarte a causa del enojo y los insultos que recibiste, y ella misma reconoce eso, o tienes un testigo de buen carácter acerca de que fue así, entonces el divorcio no ha tenido lugar, a causa de la evidencia textual que indica que el divorcio expresado en un momento de intensa ira y falta de autocontrol no cuenta como tal, especialmente si el musulmán no es plenamente consciente de lo que sucede cuando las normas derivadas de su acto se materializan. 

Por ejemplo, Áhmad, Abu Dawud e Ibn Máyah (que Allah tenga misericordia de ellos) registraron de ‘Aa'ishah (que Allah esté complacido con ella) que el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “No hay divorcio ni manumisión en el caso de ‘iglaq’”. Con respecto a la palabra ‘iglaq’, la mayoría de los eruditos han dicho que iglaq significa compulsión o ira, en este caso, intensa ira. Significa que el enojo puede hacer que la persona no esté plenamente consciente de lo que está diciendo, entonces es como quien está inconsciente, dormido, demente o borracho. Por lo tanto en ese caso el divorcio se considera que no tuvo lugar. Si no se da cuenta de lo que está haciendo y no puede controlar sus palabras a causa de la ira, entonces el divorcio no ha tenido lugar. 

La ira puede ser de tres tipos: 

1 – Cuando una persona está furiosa y no es consciente de lo que hace. Esto es similar a la locura, por lo tanto el divorcio no tiene lugar en este caso, de acuerdo a todos los eruditos. 

2 – Cuando una persona está muy enojada, pero todavía es consciente de lo que está sucediendo, pero su ira es tan intensa que de todas formas pronuncia palabras de divorcio. En este caso el divorcio no tuvo lugar, de acuerdo al punto de vista más correcto entre los eruditos. 

3 – La ira ordinaria, que no se caracteriza por su intensidad ni su capacidad de obnubilar la capacidad de tomar decisiones. En este caso, el divorcio sí tuvo lugar, de acuerdo a todos los eruditos. 

Tomado de Fatáwa at-Talaq, p. 19-21, compilado por el Dr. ‘Abd Allah at-Taiyár y Muhámmad al-Musa. 

Lo que el shéij mencionó acerca del segundo tipo de ira es también el punto de vista favorecido por el shéíj al-Islam Ibn Taimíyah y su estudiante Ibn al-Qayím. Ibn al-Qayím escribió un ensayo sobre eso titulado Ighadát al-Lahfán fi Hukm Talaq al-Gadbán, en el cual dijo lo siguiente:

“La ira es de tres tipos: 

1 –  La ira que no es suficientemente intensa para afectar la capacidad racional de una persona. Sabe lo que está diciendo y lo que significa. No hay disputa entre los eruditos acerca del hecho de que las decisiones tomadas en este estado sobre compromisos asumidos son válidas, como el divorcio y la manumisión. 

2 – Cuando la ira alcanza tal límite que la persona ya no sabe lo que está haciendo o diciendo. No hay disputa entre los eruditos acerca de que en esta situación el divorcio no tuvo lugar. Si su ira es tan intensa que no sabe lo que está diciendo, no hay duda de que ninguna de sus palabras debe ser tomada en serio. Las palabras del adulto mentalmente sano sólo deben ser tomadas en consideración si sabe lo que está diciendo y lo que significa, y si realmente quiso decir eso. 

3 – La clase de ira que cae entre las dos categorías mencionadas arriba, donde la ira va más allá del nivel ordinario pero no tanto como para hacer que la persona se comporte como un demente. Esta es un área sobre la que hay una diferencia de opinión entre los eruditos. La evidencia textual indica que el divorcio, la manumisión y los contratos, en tales casos no son válidos, y esto es una clase de ‘iglaq’, como han explicado los imames. 

Tomado de Matálib Uli an-Nuhá, 5/323; ver también Zaad al-Maad, 5/215. 

El marido debe temer a Dios y evitar usar palabras de divorcio, de tal manera que esto no conduzca a la desintegración de la familia. 

Nosotros aconsejamos al marido y la esposa por igual temer a Dios y respetar Sus límites, y entender lo que el marido le ha dicho a su esposa en una forma apropiada: si se trató de un enojo ordinario, que es el único caso en el cual el divorcio tiene lugar, entonces es el tercer tipo de acuerdo a la clasificación de los eruditos. Deben ser cautelosos y no transgredir los límites de la religión, no olvidar que tienen hijos haciéndole describir al shéij la ira del marido en el momento de pronunciar esas palabras de divorcio como intensa, aun cuando ambas partes saben que este no fue el caso. 

Basándonos en esto, el hecho de que la pareja tenga hijos debe motivarlos a evitar usar palabras de divorcio temerariamente. No deben intentar encontrar un hueco en las normas legales después de que el divorcio ha tenido lugar ni buscar concesiones por parte de los juristas con respecto a eso. 

Le pedimos a Dios que nos bendiga a todos con el entendimiento de Su religión, y que nos ayude a respetar Sus leyes. 

Y Allah sabe más.

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