Algunos hermanos y yo trabajamos en el cuerpo diplomático de un país que nos permite pagar sin impuestos. Algunos ciudadanos de ese país vienen a nosotros para comprar bienes para ellos a nuestro nombre, para que ellos puedan hacer uso de la exención y no pagar impuestos a cambio de pagarnos una suma de dinero. ¿Es esto permisible?
Es un diplomático que está exento de pagar impuestos, ¿puede permitirles a otros comprar bienes a través de él, y con su nombre?
pregunta: 45713
Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.
Esta pregunta cubre dos tópicos distintos:
1 – Los impuestos o tasas, que están cargadas sobre los bienes y productos cuando se los traslada de un país a otro con fines comerciales. Aceptar estos impuestos de los musulmanes está expresamente prohibido. Estos son los sobornos sobre los cuales el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Quien recolecta sobornos, estará en el Fuego del Infierno”. Narrado por el imam Áhmad, 16553; clasificado como auténtico por al-Albani en as-Sílsilah as-Sahihah, 3405. Consulta también la pregunta No. 25758.
Está prescripto para el musulmán que evite pagar este soborno prohibido por cualquier medio posible para que no lo perjudique o le cause más daño, aun si eso significa por medio de un engaño, o invirtiendo algún dinero en algo más digno para poder evitar esta injusticia.
Si esto cae bajo la denominación de una persona que abandona alguno de sus derechos a cambio de dinero, esto es permisible. Esto es lo que los juristas llaman la renuncia a algún derecho. Los juristas málikis han dicho que es permisible recibir pagos a cambio de los derechos de compra, y los juristas hánafis permitieron renunciar a derechos para designar a un oficial público y penalizar el derecho a la custodia a cambio de dinero. Ver al-Mawsú’ah al-Fiqhíyah al Kuwaitíyah, 4/243, 32/83.
La respuesta es que esto no es lo mismo de lo que estamos hablando, porque aquellos que están exentos de pagar impuestos son los miembros del cuerpo diplomático mismo; a ellos no se les permite explotar este favor para hacer dinero, ofreciendo a otra gente comprar artículos para ellos a su nombre. Usar este derecho para permitir que los bienes de otra persona ingresen al país es una forma de engaño o de contrabando. Si esto estuviera permitido, sería sólo en casos de necesidad, por una causa beneficiosa de bien público o caritativa, y no con fines de lucro.
Aquí siguen algunos consejos:
1 – Aquellos que trabajan en el cuerpo diplomático deben ayudar a sus hermanos libremente, y eso caería bajo la denominación de ayudar al prójimo y liberarlos de un trato injusto. Deben hacer eso tanto como puedan.
2 – Si no quieren ofrecer este servicio libremente, entonces no es permisible para ellos tomar ningún pago por el costo de traslado de los bienes, por comprarlos a su nombre, por hacer el papeleo necesario, etc.
También les recordamos que deben ser benevolentes con sus hermanos musulmanes y tener buenas intenciones en todo lo que hacen, y no simplemente intentar llenarse los bolsillos.
Y Allah es la Fuente de toda fuerza.
Origen:
Islam Q&A