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310705/09/2007

¿Debe ella dar el precio de la expiación a sus hijos y nietos, o a otros, como una merienda para romper el ayuno?

Pregunta: 66138

Mi madre es incapaz de ayunar en Ramadán, por ello yo pago la expiación a nombre de ella cada Ramadán. ¿Es permisible que esa expiación les sea dada a sus hijos y nietos como una merienda para romper el ayuno? Y también, ¿es permisible dar esta expiación a algunos estudiantes en la escuela que no ayunan?

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

En primer lugar, si un
musulmán es incapaz de ayunar a causa de su avanzada edad o de una
enfermedad incurable, es permisible que no ayune, pero debe alimentar a una
persona pobre por cada día no ayunado, porque Dios dijo (traducción del
significado): 

“Y quienes pudiendo
ayunar no lo hicieren deberán alimentar a un pobre [por cada día no
ayunado]. Pero quien voluntariamente alimentara a más de un pobre será más
beneficioso para él. Y ayunar es mejor para vosotros, si lo supierais”
(Al-Báqarah, 2:184). 

‘Abd Allah ibn ‘Abbás
(que Dios esté complacido con él) dijo: “Esto no ha sido abrogado, se
refiere al anciano y a la anciana que ya no pueden ayunar, deben alimentar a
una persona pobre por cada día”. Narrado por al-Bujari, 4505. 

Dice en Al-Mugni 4/396:
“Esto también se aplica al enfermo crónico, de quien no hay esperanzas que
se recupere”. 

Por esto puede
entenderse que esta expiación puede darse solamente a los pobres, no a
cualquier otra persona. Si los hijos, nietos y estudiantes mencionados en tu
pregunta son gente normal y pudiente, entonces no es permisible darles la
expiación a ellos. 

En segundo lugar, sobre
darle la expiación a sus hijos y nietos, los eruditos consideran que esta
expiación dada a los pobres es como la caridad obligatoria (zakah); no es
permisible que el musulmán dé esto a aquellas personas de su familia en las
que está obligado a gastar. 

Entre aquellos en
quienes el musulmán está obligado a gastar están los ascendientes y los
descendientes, como el padre, la madre, los abuelos y los hijos, las hijas y
los nietos. 

Ibn Qudamah dijo en
Al-Mugni (11/374):

“Es obligatorio gastar
en los familiares, como los abuelos, no importa cuán lejana sea la línea
ascendente, y en los hijos de nuestros hijos, no importa cuán lejana sea la
línea descendente. Este es también el punto de vista de Ash-Sháfi’i, ashab
al-rai y Az-Záwri”. Fin de la cita. 

Basándonos en esto, no
es permisible darles la expiación a los hijos y los nietos, porque tu madre
está obligada a gastar en ellos, porque pertenecen a su familia. Eso no es
caridad, es una obligación. 

Ash-Sháfi’i dijo en
Al-Úmm (7/68):

“No es permisible dar la
comida de la expiación por la ruptura de un voto a nadie excepto al
necesitado; si la comida es dada a una persona pudiente que no está pasando
necesidades, entonces eso no cuenta, y las normas son las mismas que si no
lo hubiera hecho en absoluto. Por consiguiente, debe pagarla otra vez. Lo
mismo se aplica si le da el precio de la expiación a un familiar en quien
está obligado a gastar”. Fin de la cita. 

Dice en Asná al-Matálib,
3/369:

“Con respecto al pobre y
al necesitado, ellos son quienes tienen derecho a la caridad obligatoria, y
no cuenta si es dada a alguien pudiente, un incrédulo, o a un familiar en
quien estamos obligados a gastar, porque este no es el objetivo de la
caridad. La expiación es un deber que Dios nos ha encargado para ayudar al
pobre y al necesitado, y se le aplican las mismas condiciones que la caridad
obligatoria”. Fin de la cita. 

Pero si tu madre no
puede gastar en ellos porque también es pobre, entonces su obligación es
condonada hasta que pueda, porque Dios dijo (traducción del significado): 

“Allah no exige a
nadie por encima de sus posibilidades” (Al-Báqarah, 2:286). 

En este caso, sería
permisible que le de la expiación a ellos. 

Se ha probado en las dos
colecciones de reportes más auténticos que el Profeta Muhámmad (que la paz y
las bendiciones de Allah sean con él) le dijo al hombre que había mantenido
relaciones con su esposa durante el día en Ramadán, que le diera la canasta
con dátiles que le estaban entregando como caridad a su familia, puesto que
su familia era la más pobre de Medina. 

Al-Háfiz dijo en
Al-Fáth:

“Ibn Daqiq al-‘Id dijo:
“Hay una diferencia de opinión acerca de esta historia. Se ha dicho que la
expiación es condonada en caso de dificultades, porque la expiación no puede
ser dada a nuestros parientes y dependientes. 

La mayoría de los
eruditos dijo que aunque la expiación no es condonada en casos de
dificultad, y que lo que se le dio no fue para que la pague como expiación,
sino una caridad que le fue dada a él y a su familia por el Profeta Muhámmad
(que la paz y las bendiciones de Allah sean con él). 

Y otros también dijeron
que como él no podía mantener a su familia, se le había dado permiso para
darles la expiación a sus familiares. Pero el shéij Ibn Taimíyah (que Allah
tenga misericordia de él) dijo: “El punto de vista más fuerte es que lo que
se le dio no fue en concepto de expiación, sino una caridad para él y para
su familia, porque es evidente en el reporte que ellos estaban necesitados”.
Fin de la cita. 

Por lo arriba expuesto
puede entenderse que no es permisible dar la expiación a aquellos en quienes
uno está obligado a gastar, pero si una persona pobre no puede gastar en
ellos, entonces algunos eruditos sostienen el punto de vista de que es
permisible darle la expiación a ellos. 

En la respuesta a la
pregunta No. 20278 hemos citado una opinión legal del Shéij Muhámmed ibn
al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) que dice que es permisible
darle la caridad obligatoria a los parientes en quienes uno no puede gastar
a causa de la pobreza. Allí dice:

“Si le da la caridad
obligatoria a los parientes que tienen derecho a ello, esto es mejor que
dárselo a quienes no son parientes, la caridad dada a un pariente es mejor,
porque significa tanto dar en caridad como mantener los lazos de
parentesco. 

Pero si estos parientes
están entre aquellos en quienes uno está obligado a gastar, y les das la
caridad obligatoria a ellos para no tener que gastar en ellos de tu riqueza,
esto no es permisible. 

Si no puedes gastar en
ellos por falta de riquezas, entonces no hay pecado en darles la caridad
obligatoria”. Fin de la cita. 

En conclusión, si tu
madre tiene los recursos y puede gastar en ellos, entonces no es permisible
darles el precio de la expiación. Si no tiene recursos para mantenerlos como
debiera, entonces sí es permisible. 

En tercer lugar, si ella
ofrece la expiación como una merienda para que el ayunante rompa el ayuno,
no hay nada de malo en eso, a causa del significado general del verso: “…alimenta
a los pobres…”. De hecho, es posible que esto tenga una recompensa
mayor, porque significa dar de comer al ayunante. Pero esto está sujeto a la
condición de que el individuo sea pobre, como afirmamos arriba.

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