En mi país de origen, algunas empresas poseen depósitos sobre los cuales perciben un interés mensual que deja el capital intacto. Que se opina del uso de esta renta por una viuda para sus propios gastos y las de su familia?
El reglamento que se aplica a recepción de un interés sobre los depósitos bancarios
pregunta: 8141
Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.
Alabado sea Allah
Se planteó una cuestión similar a la comisión permanente para las investigaciones científicas y asesoramiento religioso, he aquí el texto:
“La revista ‘al-umma” publicó una fatwa sobre las operaciones financieras que se hacen en el extranjero en territorios hostiles al Islam. Según la fatwa, el Imam Abu Hanifa apoya la legalidad de percibir intereses en el territorio de guerra, y la validez de todo contrato y toda transacción basada sobre el consentimiento mutuo que trae una ventaja al musulmán y no serán tachadas de trampas y traición.
Si la fatwa se revela exacta, sería de beneficio para los musulmanes residentes en Francia que reciben subvenciones o donaciones guardadas un largo tiempo en los bancos antes de su utilización y cuyos intereses acumulados solo aprovecha al banco. Si la fatwa es exacta, se podría utilizar sus intereses en territorios hostiles al Islam al beneficio exclusivo de los pobres y necesitados. Allah es quien vela por las intenciones.
He aquí la respuesta de la comisión permanente presidida por el Sheij Abd Al- Aziz Ibn Baz (Que Allah le conceda su misericordia)
En primer lugar, estos contratos de compensación financiera establecida entre nosotros y los incrédulos son válidos, si cumplen las condiciones de contratos reconocidos por la ley islámica
En segundo lugar, el uso de la usura está prohibido a los musulmanes tanto en las transacciones entre musulmanes como con aquellos que son incrédulos, que esté (potencialmente) en guerra contra nosotros o no…
Allah sabe mejor .
Origen:
Extracto de la fatwa de la comisión permanente 13/19