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Teme perder su trabajo y tiene algún dinero, ¿debe realizar la peregrinación?

Pregunta: 81916

Para el año siguiente, si Dios quiere, yo tendré el dinero suficiente para realizar la peregrinación solo, sin mi esposa. Esta cantidad será suficiente para lo más urgente, especialmente porque yo trabajo en el sector privado. Pero la compañía para la que trabajo puede rescindirme el contrato en cualquier momento. ¿Debo realizar la peregrinación o no? El asunto es que tengo otro dinero, pero es para manutención (nosotros ya hicimos nuestro contrato matrimonial pero no lo consumamos todavía).

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Alabado sea Allah

Para que la peregrinación
sea obligatoria para el adulto, está estipulado que él debe ser capaz de
afrontarla física y financieramente, porque Dios dijo (traducción del
significado): 

“Es una obligación
para los hombres peregrinar a esta Casa si se encuentran en condiciones de
hacerlo [físicas y económicas]” (Ali ‘Imrán 3:97). 

Los juristas interpretan
la capacidad financiera como significando que uno tiene lo suficiente para
cubrir su transporte y alimentación, es decir, los gastos del viaje hasta y
desde la Casa Sagrada de Dios, si estos gastos se cubren con un excedente
que uno tiene de lo necesario para sus necesidades básicas y otros gastos
que están prescriptos en la ley islámica, y para pagar las deudas. 

Lo que significa aquí
necesidades básicas es que uno debe tener lo suficiente para cubrir los
gastos de manutención para sí mismo y su familia hasta que regrese, y
después de que regrese tener lo suficiente para uno y para todos aquellos
que dependen de uno, tal como la renta de la propiedad, salarios, comercio,
etc. Por eso el musulmán no debe realizar la peregrinación usando el capital
necesario para sus negocios si gasta en sí mismo y su familia de esas
ganancias y ese gasto resultará en una reducción de sus ingresos, de tal
manera que en algún momento esas ganancias resulten no ser suficientes para
él y su familia. Para más información sobre esto por favor consulta la
respuesta a la pregunta No. 11534

Si tienes el dinero
suficiente para tus necesidades y un excedente para realizar la
peregrinación, entonces debes realizar la peregrinación, a menos que temas
perder tu trabajo y realmente existe el riesgo de que lo pierdas basándote
de la evidencia de las circunstancias, en cuyo caso no deberías hacer la
peregrinación. Pero si este temor es infundado y una idea que no tiene base
en la realidad, tu deber es realizar la peregrinación. 

Sobre el dinero que has
apartado para tu matrimonio, no debes realizar la peregrinación con él si
temes pasar dificultades que demoren tu matrimonio, más bien debes dar
precedencia a tu matrimonio. Si tienes otro dinero, puedes utilizarlo para
hacer la peregrinación, de otra forma la peregrinación no es obligatoria
para ti, porque no tienes afrontarla. 

Ibn Qudamah (que Allah
tenga misericordia de él) dijo: “Si la persona necesita casarse y teme que
eso se le dificultará, entonces debe dar prioridad al matrimonio, porque es
una obligación para él y no puede continuar sin ello, por lo tanto se
convierte en parte de sus gastos esenciales. Pero si dicho temor no existe,
entonces debe priorizar la peregrinación, porque el matrimonio sería
voluntario y no deberá darle precedencia sobre la peregrinación, que es
obligatoria”. 

Fin de la cita de
al-Mugni, 3/88. 

Ver también la respuesta
a la pregunta No. 27120

Y Allah sabe más.

Origen

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