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¿Debería realizar la peregrinación obligatoria, o darle el dinero en caridad a su vecino, que es pobre?

Pregunta: 146390

Si yo todavía debo hacer la peregrinación mayor obligatoria y puedo hacerla pronto, pero mi vecino no puede encontrar la suficiente para alimentarse cada día, ¿es mejor que haga la peregrinación, o le dé el dinero que había apartado a mi vecino que es pobre, y retrasar la peregrinación hasta el año siguiente?

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

La mayoría de los eruditos sostiene el punto de vista de que
es obligatorio realizar la peregrinación mayor inmediatamente, cuando uno
tiene los medios para ello. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo en
al-Mughni (3/212): 

“Si un musulmán debe hacer la peregrinación obligatoria y le
es posible hacerla, ha de hacerla inmediatamente y no le es permisible
postergarla. Éste es el punto de vista de Abu Hanifah y Málik. Esto es
porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado): 

“Es una obligación para los hombres peregrinar a esta Casa
si se encuentran en condiciones de hacerlo [físicas y económicas]. Y quien
niegue lo que Allah ha prescripto, sepa que Dios prescinde de todas las
criaturas” [Ali ‘Imrán, 3:97]”. Fin de la cita. 

Lo que quiere decir con “tener los medios”, es tener la
posibilidad física y financiera de hacerlo. 

Dice en Fatáwa al-Láynah ad-Dá’imah (11/30): 

“’Teniendo los medios’, con respecto a la peregrinación mayor
significa estar en buen estado de salud física; tener los medios de
transporte para alcanzar la sagrada casa de Allah, por avión, por auto o por
montura, o siendo capaz de pagar por ello acorde a la situación de uno; y
teniendo provisiones suficientes para el viaje de ida y de vuelta. Esto es
con la condición de que este dinero sea un extra a los gastos que uno está
obligado a realizar para cumplir sus obligaciones, hasta que uno vuelva de
la peregrinación mayor. Una mujer debería también estar acompañada por su
marido o pariente que oficie como guardián legal, tanto cuando se viaja para
la peregrinación mayor como para la peregrinación menor”. Fin de la cita. 

Ash-Shéij
ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“’Tener los medios’ se refiere a dos aspectos: tener los
medios físicos, y tener los medios financieros. Tener los medios financieros
es una condición para que realizar la peregrinación sea obligatorio, y tener
los medios físicos también”. Fin de la cita de Al-Liqa’ ash-Shahri, 1/391. 

Como tu tienes los medios, es tu obligación individual que
realices la peregrinación mayor, y esto tiene precedencia por sobre darle en
caridad a tu vecino que es pobre, porque él es uno de aquellos individuos en
los que no estás obligado de gastar, a diferencia de tus padres, tu esposa e
hijos, y tus dependientes.  Tal caridad cae bajo la denominación de
voluntaria, y lo que es obligatorio toma precedencia por sobre lo que es
voluntario. 

El shéij Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él)
dijo: “Hacer la peregrinación mayor en la manera preescrita por la ley
islámica es mejor que la caridad que no es obligatoria”. 

Pero si el musulmán tiene parientes que están en necesidad, o
hay gente pobre que es tan pobre que necesita asistencia urgente, entonces
es mejor brindarles caridad a ellos. 

Pero si en ambos casos es voluntario, entonces la
peregrinación mayor tiene prioridad, porque es un acto de adoración tanto
físico como financiero”. Fin de la cita Al-Ijtiaarát, 116. 

Consulta también por favor las respuestas a las preguntas no.
83191 y 106555

Y Dios sabe mejor.

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