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Ninguno de los derechos de la mujer sobre el marido cesan como resultado de las dificultades financieras o la bancarrota

Pregunta: 187342

Después de mi divorcio y la batalla legal por la pensión ante la Corte Suprema de Canadá, me fueron solventados los gastos en la corte, puesto que gané el caso. Pero a pesar de la orden de la corte, mi ex marido no ha pagado nada de lo que debía y se declaró en bancarrota. Mi pregunta es: ¿está él todavía en deuda conmigo ante Dios, glorificado y exaltado sea? ¿Me debe todavía el dinero que se ha acumulado?

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

En primer lugar, en la respuesta a la pregunta
127179, hemos afirmado que los juristas musulmanes
están unánimemente de acuerdo en que ser musulmán es una condición esencial
para oficiar como juez entre los musulmanes, porque oficiar como juez es una
forma de autoridad legal. 

También hemos afirmado que hay una excepción que permite
esto, cuando el musulmán se remite a una corte no islámica y laica buscando
recuperar derechos o evitar una injusticia en una tierra que no está regida
por la ley islámica, con la condición de que esto se utilice como último
recurso, y que se consulte a quienes tienen conocimiento de la ley islámica
para determinar si el fallo emitido por la corte no islámica es legal ante
la ley islámica, y que las demandas se limiten a obtener solamente aquello
que la ley islámica permite. 

Cuando la corte no islámica ha emitido un veredicto a favor
de una de las dos partes en disputa, no es permisible para ésta tomar más de
lo que la ley islámica le permite, y debe devolver el resto a su legítimo
propietario aún cuando el fallo de la corte no islámica se lo haya concedido
en concepto de retribución o indemnización. Es decir, si la corte no
islámica le ha concedido a un musulmán lo que le pertenece ante la ley
islámica y aquello a lo que tiene derecho, es permisible para él tomar
posesión de ello; si la corte no islámica le ha concedido menos de lo que es
su derecho ante la ley islámica, todavía tiene derecho a pedir lo que falta,
y el fallo de la corte no le condona esta deuda; y si la corte no islámica
le ha concedido más de lo que le pertenece, está prohibido para él
apropiarse del excedente y debe devolverlo. 

Algo similar puede decirse sobre otros derechos. Si tú
todavía tienes derechos sobre él, como la manutención, la vestimenta, dinero
que te pidió prestado, etc., ninguno de estos derechos cesan si él se
declara en bancarrota o una corte no islámica falla a su favor afirmando que
él no debe pagar esto. Más bien, él todavía te debe esto, y debe pagarlo en
la medida de sus posibilidades. 

Si la ley de ese país le condona la deuda en caso de que se
declare en bancarrota, este fallo es contrario a la jurisprudencia islámica
y no tiene ningún peso en la vida de los musulmanes. 

Por favor consulta la respuesta a la pregunta No.
127591

Basándonos en esto, debes examinar el fallo de esta corte
canadiense, y si está de acuerdo con las leyes de Dios, entonces puedes
seguirlo e implementarlo. Pero si es contrario, entonces debe ser rechazado
y evitar su implementación, y debes remitirte al centro islámico más cercano
a tu lugar de residencia para consultar sobre tu caso y actuar en
consecuencia. 

En segundo lugar, queda claro por lo arriba expuesto que el
dinero que te ha sido concedido por la corte es permisible para ti si es
aquello a lo que tienes derecho según la ley islámica. Si es más que eso,
debes devolverle el resto y no es permisible para ti conservarlo. Pero si es
menos que eso, tienes el derecho a tomar posesión de lo que te haya
concedido la corte, y el resto permanece como una deuda que él tiene contigo
y que no es condonada; cuando sea que él pueda pagarla, debe hacerlo. 

Si él realmente es pobre o está en dificultades financieras,
debes esperar a que él sea capaz de pagar sus deudas. Pero si él se ha
declarado en bancarrota como una artimaña legal para no pagar sus deudas,
como mucha gente hace en Occidente, esto no significa que su deuda le sea
condonada ni que tú hayas perdido el derecho a recuperar lo que te
corresponde. Si él no está atravesando en realidad dificultades financieras,
entonces puedes continuar reclamando lo que te corresponde y presionarlo o
demandarlo, hasta que te pague lo que te debe. 

Consulta también la respuesta a las preguntas
145437 y 127591

Y Allah sabe más.

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