Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.
En primer lugar:
Hay una diferencia de opinión entre los estudiosos de usul al-fiqh cuando se trata de hacer analogías con respecto a las concesiones. El Dr. 'Abd al-Karim an-Namlah habló de esta diferencia de opinión en su libro al-Muhadhdhab fi' Ilm Usul al-Fiqh al-Muqaarin (4/1939), y afirmó que la opinión correcta es que permitir concesiones sobre la base de analogía es válido. Respondió a la evidencia citada por aquellos que dicen que no está permitido, diciendo: ¿Es permisible hacer analogías con respecto a las concesiones, como comparar la nieve con la lluvia con respecto a la permisibilidad de juntar dos oraciones, sobre la base de que ambas pueden causar molestias al musulmán? Hubo una diferencia de opinión con respecto a eso, y hay dos puntos de vista:
1. La primera opinión es que es permisible permitir una concesión sobre la base de la analogía, y no hay nada de malo en hacerlo, si conocemos el motivo de la concesión y estamos seguros de esa razón. Esta es la opinión de la mayoría de los sabios, y es la opinión correcta debido a la siguiente evidencia:
(i) el significado general de la evidencia que confirma que el uso de la analogía en la shari'ah es válido, y que se basa en el consenso académico, el Corán, la Sunnah y la razón -como se explicó anteriormente-, porque la evidencia apunta al hecho de que la analogía es aplicable con respecto a todas las reglas legales, una vez que la razón (para la concesión) es conocida y está bien establecida, y esa razón es aplicable con respecto al tema en discusión, y se cumplen todas las condiciones para permitir la analogía, porque esta evidencia no diferenció entre un fallo y otro. Como permitir concesiones es una regla de la shari'ah, entra en este concepto general.
(ii) Se puede otorgar una concesión sobre la base de un Hadiz ahad (Jabr waahid), por lo tanto, se puede probar por analogía y no hay diferencia entre los dos, porque en ambos casos, se basan en lo que se consideró que era más probablemente el caso (y no se basa en lo que es definitivo), por lo que ambos están sujetos a error.
2. La segunda opinión es que no está permitido hacer analogías con respecto a las concesiones. Esta es la opinión de los Hanafis y también es narrada por el Imam Maalik y el Imam ash-Shaafa'i.
La evidencia para esta opinión es la siguiente:
(i) Las concesiones por naturaleza van en contra de las reglas basadas en pruebas, por lo tanto, sugerir que es permisible hacer una analogía con una concesión dará lugar a que en muchas ocasiones se vaya en contra de lo que está probado sobre la base de la evidencia. Por lo tanto, no debería ser permitido.
La respuesta a esto es que la evidencia de los textos del Corán y la Sunnah puede ser contradicha por el Legislador con el fin de servir a un propósito mayor, que aquel que puede ser servido por medio de lo que está probado por esa evidencia, basado en el concepto de reunir todas las pruebas y dar prioridad a lo que es más apropiado, y ese es el papel del Legislador. Si vemos que la misma razón por la que se nos permitió ir en contra de la evidencia es aplicable en otro caso, entonces deberíamos ir contra la evidencia en ese caso también. Por tanto, estaríamos más en armonía con la evidencia, y no yendo contra ella.
(ii) Las concesiones son un regalo de Allah, Exaltado sea, por lo que no deberían usarse más allá de los casos específicos en los que se otorgaron, porque hacer una analogía de lo que no se menciona en un texto con lo que se menciona específicamente en el texto, en términos de reglas legales, es equivalente a esperar una concesión de Aquel que lo concedió en primera instancia, en un caso en el cual Él no otorgó una concesión, y eso no es permisible. Por lo tanto, no está permitido otorgar concesiones sobre la base de la analogía.
La respuesta a eso es que la base para hacer analogías es entender la razón por la cual se otorgó la concesión y la sabiduría detrás de prescribir la decisión.
El hecho de que las concesiones pretenden facilitar las cosas no nos impide aplicarles analogías. Entonces, una vez que entendemos la razón por la cual una concesión en particular fue otorgada y prescrita, y encontramos que esa razón es aplicable en otra instancia, esto significa que podemos aplicar esa concesión en la otra instancia, para multiplicar los regalos generosos de Allah y preservar de que no se pierda la sabiduría detrás de la concesión.
El Imam al-Haramain dijo, respondiendo a esta evidencia: Esto no tiene sentido. Todo lo que las personas disfrutan de beneficio es un regalo de Allah, Exaltado sea. Fin de cita
En base a eso, si conocemos el motivo de la prescripción de una concesión en particular, y estamos seguros de que esta razón es aplicable en otra instancia, en ese caso la analogía es válida.
Sin embargo, esta analogía no puede aplicarse al acortamiento de la oración, porque la razón para acortar la oración es viajar, no el hecho de tener o no dificultades. Por lo tanto, el viajero puede acortar su oración, encuentre dificultades o no, pero el residente no puede acortar su oración, incluso si encuentra dificultades.
Por lo tanto, los eruditos han declarado que no es válido hacer una analogía con respecto a una concesión cuando la razón por la cual se otorgó no puede ser aplicable excepto en la situación para la que fue otorgada, como las concesiones del viaje, porque el motivo de viaje no es aplicable cuando está residente. Del mismo modo, no es válido hacer una analogía si no conocemos el motivo de la concesión.
Dice en al-Bahr al-Muhit fi Usul al-Fiqh (7/75):
Ilkiyah dijo: no permitimos hacer una analogía con respecto a una concesión si la concesión se basa en una razón particular que no puede ser aplicable en cualquier otro escenario. Por lo tanto, no está permitido hacer una analogía, porque no hay una razón común, como comparar al residente con el viajero con respecto a las concesiones de viaje, porque eso sería un rechazo implícito a la razón específica por la cual el Legislador concedió la concesión.
Al-Qurtubi dijo: Puede haber una diferenciación entre los casos donde, parece que no hay una razón aparente para la concesión por lo que no se puede hacer ninguna analogía, y los casos donde la razón es aparente, entonces se pueden hacer analogías.
He visto en las palabras de algunos de los Maalikis una diferenciación entre un caso en el que se establece la razón de la concesión a la que se compara algo más, en cuyo caso es permisible hacer una analogía, y un caso donde la razón no es declarada y más bien es descifrada, en cuyo caso no está permitido hacer una analogía. Como resultado de eso, hay diferentes puntos de vista sobre este tema. Fin de la cita
Para obtener más información sobre las opiniones de Imam al-Haramain sobre este tema, consulte al-Bahr al-Muhit (7/79).
El Sheik Ibn Baaz (que Allah tenga misericordia de él) dijo: La concesión de los viajes está en curso: es aplicable en la actualidad, era aplicable en el pasado y también será aplicable en el futuro, porque Quien lo prescribió, Quien es el Conocedor de lo oculto, sabe todas las cosas, Glorificado y Exaltado sea, y conocía la situación de las personas en el momento de la prescripción, y en el futuro, como en nuestro propio tiempo. Allah conoce todas las cosas – Glorificado y Exaltado sea- así que si la ley (concerniente al viaje) fuera a ser diferente en el futuro, Él hubiera dicho: Si los viajes se vuelven fáciles o cómodos, los medios para viajar están disponibles, entonces no acortes las oraciones ni las junten. Pero el Señor, Glorificado sea, no dijo esto, ni tampoco su Mensajero (la paz y las bendiciones sean con él). Los eruditos dijeron: Más bien, la razón para acortar las oraciones cuando se viaja es porque es posible que uno experimente fatiga y dificultades, y la regla en caso de lo esperado sigue siendo aplicable, ya sea que lo esperado se materialice o no. Por lo tanto, es posible que haya dificultades cuando se viaja, pero las dificultades no son un requisito previo para acortar las oraciones. Si el viaje es cómodo, en camellos cómodos y en un tiempo fácil, entonces aún se prescribe acortar la oración. Del mismo modo, hoy en día con automóviles, aviones, trenes y naves espaciales, es igual; todavía se prescribe para el viajero acortar sus oraciones y juntar oraciones, incluso si el viaje es extremadamente cómodo, porque cuando el Mensajero (la paz y las bendiciones sean con él) lo prescribió, no mencionó ninguna restricción, y en Su Libro sagrado, Allah no estipuló la condición de que el viaje (para que se prescriba concesión) deba ser difícil. Por tanto, se sabe que el viajero puede acortar sus oraciones y unirlas, y puede romper el ayuno, incluso si el viaje es cómodo, en un automóvil o en un avión o en cualquier otro medio de transporte. Alabado sea Allah en todas las circunstancias.
Fin de cita del sitio web del Sheij en el siguiente enlace:
http://www.binbaz.org.sa/node/19440
En segundo lugar:
Con respecto a retrasar la oración cuando se sirve comida, la razón no es que la comida esté lista; más bien, la razón es que uno puede distraerse y se puede perder o reducir la concentración y la humildad necesarias. Por lo tanto, es válido hacer una analogía entre la comida y cualquier otra cosa que pueda distraer al adorador y reducir su concentración y entrega.
En su comentario sobre el hadiz “No se debe realizar la oración cuando la comida esta servida ni cuando se tienen ganas de evacuar” – narrado por Muslim (560) – an-Nawawi (que Allah tenga piedad de él) dijo:
Estos hadices indican que es detestable-makruh rezar cuando está lista la comida que uno quiere comer, porque esto será una distracción y conducirá a la pérdida de la concentración. También es makruh rezar cuando alguien tiene necesidad imperiosa de orinar o defecar. Podemos agregar a esto cualquier otra cosa que de manera similar distraiga y conduzca a una pérdida de la concentración apropiada en la oración.
Esta decisión de ser makruh se aplica cuando todavía queda mucho tiempo para la oración. Pero si el tiempo es demasiado corto, y en caso de que si va a comer o hacer sus necesidades y hacer el wudu', el tiempo de la oración termina antes de que pueda rezar, entonces en ese caso debería rezar como esté, para cumplir con la oración dentro del tiempo límite para dicha oración, porque no es permitido que la retrase. Fin de cita
Al-'Izz ibn 'Abd as-Salaam (que Allah tenga misericordia de él) dijo en Qawa'id al-Ahkaam (1/38): La oración puede retrasarse si hay algo que pueda afectar nuestra concentración, como la sed extrema y el hambre. Fin de cita
En cuanto a no asistir a la oración en congregación debido a la lluvia, la razón no es la lluvia misma. Más bien, la razón es la dificultad que resulta de caminar a la oración bajo la lluvia. Por lo tanto, los eruditos estipularon la condición de que la lluvia sea lo suficientemente pesada como para mojar la ropa porque esto es lo que causa dificultades.
Al-Bahuti dijo en Kashshaaf al-Qinaa'(4/12):
Una persona puede ser excusada por perder la oración del viernes y las oraciones en congregación si teme que su propiedad pueda sufrir algún daño, o que pueda afectar el sustento de vida que necesita, o si ha dejado correr el agua para regar sus cultivos o su jardín, y teme que si lo deja puede resultar en daños, o se le ha pedido que cuide algo y teme que se pierda si se va y lo deja, como un guardia que está a cargo de una plantación o casos similares. Eso es porque la dificultad que puede resultar de eso es más grande que meramente empaparse con la lluvia, lo cual es una excusa válida de acuerdo con el consenso de los sabios. Fin de cita
Similar a la lluvia es cualquier cosa que pueda causar daño en situaciones tales como viento intenso, frío intenso o barro.
Al-Bahuti dijo en ar-Rawd al-Murbi'(2/362), al discutir excusas para evitar las oraciones en la congregación: … O si la lluvia y el barro lo dañarán. Lo mismo se aplica a la nieve, el hielo y el granizo, y los intensos vientos fríos en una noche oscura. Fin de cita
El Sheij Ibn 'Uzaimin dijo en ash-Sharh al-Mumti' (4/317):
Si teme sufrir daños a causa de la lluvia o el lodo, es decir, si llueve, y si sale hacia al Yumu'ah u oraciones en congregación, la lluvia lo dañará, entonces está justificado.
El daño que puede causar la lluvia es que puede sufrir daños si se moja la ropa, o porque hace demasiado frío, etc. Lo mismo se aplica si teme que el lodo lo pueda dañar.
En los viejos tiempos, la gente solía sufrir mucho debido al lodo, porque los mercados no estaban pavimentados y, como resultado del lodo, la gente podía resbalar, por lo que una persona se agotaba para asistir a la mezquita. Si eso sucede, entonces uno está justificado.
Pero hoy en día no hay ese problema porque los mercados están pavimentados y no hay lodo. Lo peor que puede pasar es que uno encuentre charcos en algunos puntos bajos, pero esto no causa ningún daño a la ropa o los pies de las personas. Entonces, en este caso, la excusa se aplica cuando llueve, pero una vez que la lluvia se detiene, no hay excusa. Pero en algunos pueblos que no están pavimentados, esta excusa sigue siendo aplicable. Fin de la cita
Y Allah sabe mejor.